Entramos en una época del año algo peliaguda, los niños tienen dos meses y medio de vacaciones y suele ser época de conflictos entre progenitores.
¿Qué factores debe tener en cuenta una pareja separada o divorciada de cara a las vacaciones de verano escolares?
Podríamos entrar a valorar los distintos tipos de custodia que nos podemos encontrar: compartida o uniparental, y en cada una de ellas, las medidas en concreto que se tengan, ya sea por convenio de mutuo acuerdo homologado ante el juez, o por sentencia judicial en los casos contenciosos.
Voy a dar pinceladas generales sobre las dudas que suelen tener los progenitores, sobre todo en los primeros años de separación, y tenemos varias cuestiones generales que se pueden dar:
¿Qué ocurre con el régimen de visitas después de ese parón por las vacaciones?
El régimen de visitas en la mayoría de los casos, se suspende, de tal forma que si, pongamos, la madre tuvo a los menores el último fin de semana antes de las vacaciones, el siguiente fin de semana después de las vacaciones, cuando toque volver a la “rutina”, le corresponderá al padre. Aunque como todo en derecho, "depende". Depende de lo que cada familia tenga regulado.
¿Es un punto positivo (la suspensión)?
Sí, esa suspensión durante cada uno de los periodos escolares de vacaciones hace que, desde el inicio de cumplir las medidas definitivas, se pueda saber cuándo corresponde tener a los menores en fines de semana y festivos, y poder organizar la jornada laboral de todo el año. Tener la vida organizada ayuda mucho.
¿Qué otras dudas suelen surgir?
Por ejemplo, en el caso del progenitor que paga una pensión de alimentos, es frecuente que el primer verano pretenda no pagar esa pensión, o pagar acorde al tiempo que esté con el progenitor. Esto no es correcto.
La pensión de alimentos se abona mensualmente pero engloba los gastos que un menor tiene a lo largo del año: comida, ropa, suministros. Por eso, debe abonarse la pensión de alimentos mensualmente y sin excepción. Ojo, que, si se deja de pagar, puede constituir además de incumplimiento de medidas civiles, un ilícito penal, dejar de pagar la pensión de alimentos no es ninguna tontería, porque se deja desamparado al menor.
¿Qué ocurre con las horas de recogida/entrega de los menores?
Cada acuerdo o sentencia lo regula de una forma, pero siempre debe intentarse llegar a consensos, para no perjudicar la estancia de los niños con el otro progenitor.
Debo decir, que todas las medidas, provisionales o definitivas, se dictan para el caso en que entre los padres no haya un acuerdo. Lo ideal, y muchas personas lo consiguen, es que se llegue a un consenso, pero ante la ausencia de este, toca seguir lo plasmado en acuerdo homologado o sentencia.
En mi despacho atamos al máximo las medidas, puesto que lamentablemente hay muchos casos en que no se ponen de acuerdo los progenitores, y cuando más exhaustivo seamos al definir las medidas, menos conflictos habrá a la hora de aplicarlas.
Por poner un ejemplo, se puede regular incluso que si tras estudiar una carrera universitaria, es necesario realizar un master para poder ejercer, también se sufrague por ambos progenitores ese master. Parece una tontería, o puede parecer que se da por hecho que, si se pagan los estudios universitarios, el master también, pero no es así.
Contacto con el otro progenitor en vacaciones. ¿Esto es fuente de conflicto?
En algunos casos, sí.
En derecho de familia desde luego tenemos que apelar especialmente al sentido común. Claro que cuando los hijos se encuentran con uno de los progenitores, el otro tiene derecho a contactarles. Lo que hay que tener en cuenta, y en ocasiones no se hace, es la edad de los menores y las actividades: los tiempos de siesta, las horas en que se puede ir a la piscina, a la playa, o simplemente salir a tomar un helado a última hora cuando ya no hace calor. A lo que me refiero con esto es que, si se hace algún intento de contacto, o un par de ellos, y no hay respuesta, no hay que insistir hasta que se coja esa llamada y hacer 10 seguidas o ser insistente. Se puede perfectamente llamar al día siguiente.
Otra cosa es que no se quiera permitir el contacto, esto ya es denunciable porque es un derecho de los menores más que de los padres.
¿Se puede ir a visitar a los hijos menores durante el tiempo que estén con cada uno de los padres?
No. Es tiempo de calidad y descanso, tiempo de ocio que está contemplado para disfrutar de actividades que durante el año quizá no se pueda por trabajo o estudios. No es correcto perturbar el tiempo de cada progenitor con sus hijos.
Silvia López-Pintor Quesada
Abogada