Según el Instituto de la Empresa Familiar, el 24% de las empresas familiares consiguen sobrevivir a la segunda generación y solo una de cada diez llega a la tercera.
En opinión de Antonio Pastor, abogado y socio de Círculo Legal Barcelona, esta situación se da en muchos casos por la falta de previsión a la hora de establecer la sucesión. “Existen múltiples herramientas jurídicas para ordenar la supervivencia de la empresa”, afirma el abogado.
Tan solo el 9% de las empresas familiares consiguen sobrevivir a la tercera generación, según el Instituto de la Empresa Familiar. Estas compañías aglutinan hasta el 90% del total de pymes del país, por lo que su importancia dentro del sistema es mayúscula y su sucesión debería estar más garantizada.
“Las empresas familiares son la base del tejido productivo español”, opina Antonio Pastor, abogado y socio de Círculo Legal Barcelona, quien señala que existe un “déficit en la gestión” de la sucesión de empresas debido a “la falta de previsión y conocimiento de herramientas legales” que el sistema jurídico ofrece.
El abogado explica que para “garantizar una sucesión ordenada”, el primer paso es delimitar “si los hijos quieren seguir con la empresa” y en el caso de que lo hagan, señalar cuáles de ellos lo harán. “La mayoría de las empresas se extinguen porque los hijos no dan continuidad a la filosofía y valores que en su día reportó éxito a la compañía familiar”, afirma.
A partir de aquí, Pastor explica que, para asegurarse una sucesión exitosa, es necesario planificarla con tiempo y aplicar instrumentos legales como los protocolos familiares, testamentos o los pactos sucesorios.
El testamento y los pactos sucesorios
El abogado destaca la “variedad de herramientas” con las que el ordenamiento dota a las personas para ordenar la sucesión de las empresas, unos instrumentos que “son compatibles entre sí”, por lo que pueden aplicarse cuando sea más conveniente.
De entre estas, Pastor señala como fundamentales el testamento y los pactos sucesorios, instrumentos éstos que permiten ordenar la sucesión del empresario en protección del interés de la empresa familiar.
“Mediante la redacción del testamento, el empresario puede introducir disposiciones, modos y limitaciones muy amplios de lo que quiere que suceda con la empresa y sus bienes a su fallecimiento”, apunta Pastor.
El abogado añade que el testamento destaca por la flexibilidad, ya que es revocable y se puede cambiar en cualquier momento, y por su adaptabilidad. “En un testamento se puede establecer que un hijo no herede las participaciones de la compañía hasta que alcance unos determinados años o formación”, explica.
Paralelo o sustituto del testamento, el abogado apunta a que una herramienta “muy útil” para determinados casos pueden ser los pactos sucesorios entre heredero y empresario, una fórmula de seguridad para el primero por su irrevocabilidad. “Puede ser un gran instrumento en los casos en los que hay un perfil de heredero más adecuado del resto para gestionar la empresa”, señala.
Los protocolos familiares
Además de las herramientas de sucesión habituales, Pastor apunta a los protocolos familiares como el principal instrumento para ordenar la sucesión. “En un protocolo familiar, el fundador negocia y diseña una serie de pactos con el resto de los socios con el fin de establecer cómo será la empresa en su ausencia”, explica.
Estos protocolos pueden incluir multitud de variables, y de ellas dependerán lo “atado” que esté el futuro de la compañía. De este modo, mediante un protocolo familiar se puede ordenar una transición a plazos o incluir “cláusulas de resolución de conflictos o resolver interrogantes como qué pasaría si uno de los socios deviene incapaz o fallece”, señala Pastor.
El abogado apunta, por lo tanto, a que tanto el diseño como la transición “deben comenzar en vida” y es “recomendable” consultar con especialistas en derecho para tenerlo todo asegurado y desarrollar una sucesión “planificada y a plazos”.
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